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¿Investigaran al periodista Loret de Mola?...esto es lo que dice Inai
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- Category: Nacionales
- Publicado: 17 Febrero 2022
- Escrito por Milusa Martinez
Fuente: forbes.com
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la información y Protección de Datos Personales (Inai) rechazó este miércoles la solicitud del presidente Andrés Manuel López Obrador de investigar los bienes y el origen de la riqueza del periodista Carlos Loret de Mola y de su familia.
La comisionada presidenta del Inai, Blanca Lilia Ibarra, señaló que el organismo autónomo no cuenta con las facultades constitucionales ni legales para hacer las investigación que solicitó el mandatario federal el 14 de febrero, por lo que le recomendó hacer la solicitud a otras dependencias. “El INAI no cuenta con facultades constitucionales ni legales para realizar investigaciones como la solicitada. Lo que incluye, en el caso, requerir información a distintas entidades públicas como son el Servicio de Administración Tributaria, la Unidad de Inteligencia Financiera y registros públicos de la propiedad, entre otros (…) Por lo anterior, respetuosamente, le sugiero dirigir su solicitud de información a los sujetos obligados antes citados a efecto que, como primeros responsables, sean quienes puedan pronunciarse al respecto”, declaró.
Por lo anterior, la comisionada aconsejó al mandatario federal pedir la información por medio de la página de transparencia. Además de la solicitud de investigar los bienes e ingresos de Loret de Mola, López Obrador preguntó al Inai si en su calidad de ciudadano podría dar a conocer facturas y comprobantes de los ingresos del comunicador que le hicieron llegar ciudadanos, Blanca Lilia Ibarra informó que los artículos sexto y 16 de la Constitución mexicana no lo permiten, pues dijo que cualquier autoridad mexicana debe proteger los datos personales que tenga en su posesión como consecuencia de sus atribuciones.
“El artículo sexto dice que la información que se refiere a la vida privada los datos personales serán protegidos en los términos y las excepciones que fijen las leyes. Artículo16 (establece que) toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales (…) Para dar a conocer datos personales, es necesario contar con el consentimiento previo de la persona en cuestión, el cual debe otorgarse de forma libre, específica e informada y -en algunos casos- de manera expresa”, detalló en sesión ordinaria.
La comisionada presidenta del Inai mencionó que un comprobante con requisitos fiscales, como las facturas, de una persona del ámbito privado, contiene información patrimonial, “cuya naturaleza tiene aparejado el derecho, la libre autodeterminación de su particular, con base en lo cual la decisión de hacerla publica es potestad de la persona que pertenecen esos datos personales”.